Entra en vigor la Ley de Transparencia Hipotecaria de la Comunidad de Madrid

Madrid. La presidenta regional, Esperanza Aguirre, ha inaugurado una jornada sobre los préstamos hipotecarios y la Ley de Transparencia Hipotecaria de la Comunidad de Madrid, en la que destacó que el Ejecutivo madrileño ha aprobado esta normativa, que entra en vigor el próximo 2 de julio, para garantizar la protección de los derechos de los consumidores mediante el fomento de la transparencia en la contratación hipotecaria de la Comunidad de Madrid.

Según Aguirre, “las hipotecas representan la decisión económica más importante para las familias madrileñas, y es crucial que estas decisiones se tomen con la mayor información y transparencia”.

Acompañada en el acto por el consejero de Economía y Hacienda, Percival Manglano, y por la directora general de Consumo, Carmen Martínez de Sola, la presidenta destacó que es una Ley pionera en España que permite que todos los solicitantes de una hipoteca en Madrid elijan, con una información clara y detallada, la opción que más les conviene.

En definitiva, explicó Aguirre, esta nueva Ley obliga a las entidades financieras a poner a disposición del ciudadano toda la información relativa al contrato hipotecario. “Y digo que “obliga” porque, al contrario de lo que sucede en la normativa nacional, donde esta cuestión se deja “a solicitud del contratista”, la nueva Ley de Transparencia Hipotecaria de la Comunidad de Madrid obliga a que se facilite toda la información”, incidió.

Esta Ley es tan contundente que prevé multas para los incumplidores de hasta 600.000 euros, lo cual no está en otras normativas autonómicas o estatales. Por ello Aguirre celebró que el Gobierno de la Nación haya anunciado que habrá una ley del consumidor similar para todos los españoles.

Así, con esta nueva Ley autonómica, a partir del próximo lunes, todo ciudadano que contrate una hipoteca en la Comunidad de Madrid tendrá información clara en las tres fases de la contratación. Primero, con carácter previo a la elaboración del contrato, la entidad de crédito deberá facilitarle por escrito una información detallada y sencilla de todas las cláusulas de la hipoteca.

Después, una vez que haya sido tasada la vivienda o el bien de que se trate, la oferta en firme que hagan los bancos deberá especificar claramente las condiciones en que se da el crédito. Y sobre todo, debe quedar claro si es un crédito garantizado con todos los bienes presentes y futuros del firmante o si la deuda quedará saldada con la entrega de la vivienda.

Por último, el consumidor tendrá tres días para examinar el documento contractual que será entregado al notario. Así, podrá hacer todas las consultas que estime necesarias antes de firmar la hipoteca. Y en caso de que haya un avalista, éste también quedará informado de los riesgos que asume al avalar el pago de la hipoteca. “Quiero recordar que hasta ahora el avalista no estaba protegido por la normativa nacional de protección al consumidor, y eso que era el responsable último, y por tanto, el más vulnerable, de la hipoteca”, resaltó Aguirre.

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