jueves, 23 octubre 2025
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IV Convenio Colectivo Estatal para el Sector de la Gestión y Mediación Inmobiliaria

Madrid. La Asociación Empresarial de Gestión Inmobiliaria (AEGI), Organización Empresarial legitimada para la negociación del Convenio Colectivo ha firmado junto con los sindicatos UGT y CCOO el IV Convenio Colectivo para el sector de la gestión y mediación inmobiliaria.

La firma del IV Convenio Colectivo mantiene la esencia de los anteriores, adecuándose a las leyes y reformas laborales aprobadas por el Estado. Supone además el reconocimiento de la existencia de diversas formas jurídicas de relación entre los agentes que operan en el sector de la gestión e intermediación inmobiliaria. 

Como novedad principal el IV Convenio para el sector de la gestión y mediación inmobiliaria incluye la creación de una comisión para la definición de perfiles profesionales y competencias de los trabajadores del sector. Lo que va a permitir concretar la formación específica para cada grupo de trabajadores, además de adecuar aún más a la realidad del sector el presente Convenio.

Otra de las novedades es la posibilidad de que los trabajadores con jornada partida puedan solicitar trabajar en horario continuado como medida de conciliación y adaptación de la vida personal y/o familiar y de fomento de la corresponsabilidad de hijos y/o familiares.

El IV Convenio Colectivo mantiene el encadenamiento objetivo de contratos así como los puntos en materia social recogidos en los anteriores convenios como la no discriminación por razón de raza, religión o sexo y la conciliación de la vida laboral y personal.

Tanto AEGI por la parte económica, como UGT y CCOO por la parte social hacen hincapié en el establecimiento de un marco de relaciones laborales avanzado que satisfaga las aspiraciones tanto de trabajadores como empresarios. En este punto los incrementos salariales para el año 2011 se sitúan en el 1,5 por ciento, respecto a las tablas salariales de 2010. En el caso de que el IPC anual registrado por el INE a fecha 31 de diciembre de 2011 fuera superior al 2% se efectuará una revisión de la tabla salarial, con efectos en el primer día del mes en el que el IPC anual sobrepase el 2 %.

En el capítulo de retribuciones de los comerciales, se mantienen las comisiones en el 5% para las actividades tanto de intermediación inmobiliaria y financiera, no pudiendo ser éstas acumulables en el caso de intervención en ambos tipos de intermediación.

La firma de los Convenios desde 2003 hasta ahora suponen un avance para la ordenación de un sector que mueve al año cerca de 2.500 millones de euros y que está en continúo crecimiento, a pesar de que en los últimos años las cifras arrojan resultados menos alentadores.

 

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