La Ley Vasca de Vivienda pretende desarrollar el derecho constitucional a una vivienda digna

Vitoria. El Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, Iñaki Arriola, ha presentado el Anteproyecto de Ley Vasca de Vivienda, en el que se reconoce el derecho subjetivo a la vivienda, recogido en el artículo 47 de la Constitución y en el 10.31 del Estatuto de Autonomía. Es, además, una consecuencia del Pacto Social por la Vivienda en Euskadi firmado en junio de 2010 y suscrito por 77 agentes institucionales, sociales y económicos vascos. Afecta a todas las personas, independientemente de que dispongan o no de una vivienda y de que ésta sea en propiedad o en alquiler, libre o protegida.

El principal objetivo de la Ley es promover las condiciones necesarias y establecer las normas pertinentes para hacer efectivo el derecho de la ciudadanía a disfrutar de una vivienda digna y adecuada y convertir el principio en auténtico derecho exigible ante los tribunales para aquellas personas con mayores dificultades de acceso.
 
Además, pretende regular el régimen jurídico de la Vivienda de Protección Pública (VPP), reformular y reordenar los sistemas de prestaciones públicas existentes de ayuda a la vivienda, regular la intervención en rehabilitación y regeneración urbana para eliminar los obstáculos a procesos de este tipo y definir el alcance del concepto de “función social de la vivienda”.

La rehabilitación va a ser una de las líneas prioritarias de la política vasca de vivienda. Por ello, el Anteproyecto posibilita la declaración de necesidad de rehabilitación, lo que supone la declaración de utilidad pública y la posibilidad de intervención por parte de la Administración. También posibilita la intervención de la Administración en los casos que no se cumpla la función social de la vivienda.

El anteproyecto presenta importantes novedades, entre las cuales destacan el establecimiento del derecho subjetivo a la vivienda, la personalización de precios y rentas en las VPP, los criterios preferentes para la adjudicación de la VPP serán el número de miembros de la unidad familiar y la antigüedad en el registro de vivienda, la posibilidad de expropiación forzosa de la VPP, el establecimiento del derecho a la división de viviendas, la posibilidad de expropiación por incumplimiento del deber de conservación y rehabilitación de las viviendas o de abordar la reforma de los edificios si hay acuerdo del 50% de las personas propietarias, la obligación de depositar las fianzas de los contratos de alquiler en el Gobierno Vasco, y el aumento de los importes de las sanciones por infracciones en materia de vivienda.

- Advertisement -

Comparte las Noticias en tus Redes Sociales

Síguenos

- Publicidad -

CONTENIDOS DE PORTADA

CONTENIDOS RELACIONADOS

El Supremo revisará las reglas para las viviendas turísticas en Cantabria

La vivienda de uso turístico afronta en Cantabria un debate jurídico...

Finsolutia e Hipoges refuerzan su negocio residencial con Aelca

La adquisición de Aelca por parte de Finsolutia e Hipoges refuerza...

La Semana de la Arquitectura abre 75 edificios en Madrid

La vivienda, el patrimonio construido y el urbanismo protagonizarán buena parte...

Casa 47 ofrece poca vivienda asequible frente a la demanda

El lanzamiento de Casa 47 ha reabierto el debate sobre la...

Las reformas revalorizan las viviendas antes de venderlas

Las reformas pueden aumentar el atractivo y el valor de una...

Herencias de vivienda en máximos: lo que pasa después de la escritura

España vivió en 2025 el mayor traspaso de vivienda por herencia...

Madrid inicia la regeneración urbana de la Colonia Puerto Chico

La regeneración urbana de la Colonia de Puerto Chico, en el...

ANEFHOP mide el coste financiero de la morosidad en el hormigón preparado

La morosidad afecta directamente a la liquidez y la competitividad de...