sábado, 7 febrero 2026
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El Gobierno cargará el bono social a todas las comercializadoras eléctricas

Tras la sentencia del Tribunal Supremo, que ha tumbado el modelo actual de financiación del bono social eléctrico, el Gobierno ha presentado un borrador de real decreto ley para financiar este vehículo social a las familias con menos recursos, con cargo a todas las comercializadoras.

Ha sido consensuado por todos los grupos parlamentarios para ser tramitado como proyecto de ley, de cara a ser aprobado con la mayor celeridad posible, de cara a introducir mejoras en la tramitación parlamentaria.

Este consenso en el modo de tramitar extiende la obligación de financiarlo a empresas generadoras y distribuidoras, además de a todas las comercializadoras, lo que supondría incluir, entre otras, a Red Eléctrica de España.

Desde 2013, el pago recae sólo en las empresas con actividades de producción, distribución y comercialización, lo que se conoce como integradas. Junto a esto, se quiere mejorar la definición del bono social para proteger las situaciones de vulnerabilidad.

El bono social eléctrico entró en vigor en 2009 y desde 2014 es un descuento del 25% que se aplica sobre el importe de las factura de la luz para determinados colectivos: hogares con una potencia inferior a 3 kilovatios (KW), familias numerosas, hogares con todos sus miembros en paro y jubilados que perciben la pensión mínima. A cierre de mayo de este año, había 2,4 millones de hogares acogidos a este bono, cuyo coste ronda 200 millones anuales.

El pasado mes de octubre el Tribunal Supremo tiraba abajo esta tarifa subvencionada que se aplica a los consumidores con bajos ingresos, al entender que va en contra de las normas comunitarias para el mercado interior de la electricidad.

Para el Tribunal Supremo, el régimen de financiación del bono social incumple la exigencia establecida en la Directiva de 2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad, que establece que «las obligaciones de servicio público deberán definirse claramente, ser transparentes, no discriminatorias y controlables, y garantizar a las empresas eléctricas de la Comunidad el acceso, en igualdad de condiciones, a los consumidores nacionales».

La sentencia considera que el coste de ese descuento se carga de forma discriminatoria a las compañías eléctricas que lo sufragan y que la Administración no ha justificado los criterios con que distribuye el coste de la subvención.

En dos sentencias, la Sala de lo Contencioso-Administrativo declara inaplicable el régimen de financiación del bono social establecido en 2013 y los principales artículos de la reforma de 2014 que desarrollaban la citada ley, estimando los recursos interpuestos por EON España y Endesa.

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