La Defensora del Pueblo se congratula de que se haya activado el Fondo Social de Viviendas

La Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, ha entregado al presidente del Congreso de los Diputados, Patxi López, al memoria anual de las actuaciones llevadas a cabo por la institución que preside, y haciendo balance quiso resaltar algunos de los asuntos más relevantes.

Entre ellos, celebraba la creación de un sistema de clasificación de productos financieros en función del riesgo, cuya necesidad venía defendiendo desde hace años. La Orden ECC/2316/2015 relativa a las obligaciones de información y clasificación de productos financieros, publicada en el BOE en noviembre, obliga a las entidades financieras a advertir a sus clientes del riesgo de los productos financieros que ofrecen, mediante un sistema de colores o de números.

También la Ley de Segunda Oportunidad, aprobada en 2015, recogió el criterio del Defensor, al establecer un procedimiento de insolvencia independiente para particulares y consumidores de buena fe sobreendeudados.

La nueva legislación introduce, por primera vez, el concepto jurídico de deudor de buena fe, figura que recogen ordenamientos jurídicos de nuestro entorno, por la que los deudores afectados por circunstancias imprevisibles y fuera de su control, pueden acceder a una solución razonable, siempre que se cumplan determinados requisitos.

También el pasado ejercicio continuaron las actuaciones para que el Fondo Social de Viviendas (FSV) se integre en la Sociedad de Activos de reestructuración del Sector Bancario (Sareb).

En este sentido, el FSV, creado en 2013 para dar una solución habitacional a las familias en situación de especial vulnerabilidad, ha acelerado la asignación de sus pisos tras poner en marcha la sugerencia del Defensor del Pueblo de dar una mayor difusión a la oferta y posibilidades del fondo.

Asimismo, se destaca en la memoria cómo la Secretaría de Estado de Hacienda aceptó una recomendación para que los suelos urbanizables pero que no tienen las características de solar urbano, con acceso a suministros y con urbanización insuficiente, tributen como suelo rústico. Como consecuencia de esta recomendación, se ha modificado el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario y de la Ley del Suelo y se ha limitado la consideración de suelo urbanizado a aquellos que tengan los servicios propios del tejido urbano.

También se han formulado recomendaciones para flexibilizar las condiciones de pago de las deudas tributarias de los contribuyentes que quieren pagar, pero no pueden. Además, se han realizado actuaciones con la Agencia Tributaria para que haga más accesible el lenguaje de sus comunicaciones y resoluciones.

En materia de urbanismo, el Ayuntamiento de Madrid ha aceptado una recomendación para modificar la normativa urbanística y facilitar así la mejora energética y la protección acústica de los edificios.

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