martes, 28 octubre 2025
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Aplicación para que los ayuntamientos murcianos conozcan los edificios a inspeccionar

Más vale tarde que nunca. Dos años después de la entrada en vigor en España de la directiva europea de eficiencia energética, algunas administraciones empiezan, de manera tibia, a poner en marcha algunas iniciativas ligadas a este asunto.

Lo hacen sabiendo que la Comisión Europea ha abierto un proceso de evaluación de la Directiva que finalizará el próximo 31 de octubre, y que deberá reunir la experiencia adquirida y los progresos realizados para proponer las modificaciones pertinentes.

En este sentido cabría enmarcar la iniciativa tomada por el Gobierno de Murcia, de poner en marcha una plataforma informática que facilita a los ayuntamientos la elaboración de una relación o censo anual de los inmuebles que deben ser objeto de Informe de Evaluación de Edificios (IEE), dotados de ayudas públicas por parte de la Administración autonómica.

Se trata de determinar el estado de conservación, la accesibilidad y la eficiencia energética de los edificios con una antigüedad superior a los 50 años, y, a partir de ahí, introducir las medidas necesarias para su puesta en valor».

Con esta aplicación informática, los ayuntamientos elaborarán, a través de la información catastral, una relación o censo anual de los edificios que deban ser objeto de IEE durante la siguiente anualidad, relación que deberán publicar y difundir por los medios que consideren oportuno y en todo caso, a través de las páginas webs institucionales.

Los ayuntamientos podrán acceder a los Informes presentados por vía telemática, visualizarlos para su revisión y asociarlos a los correspondientes edificios previamente incorporados a la base de datos. De este modo, la aplicación permite gestionar y consultar la información asociada a los edificios para facilitar el seguimiento y la tramitación de los expedientes.

La aplicación posibilitará a los ayuntamientos la inscripción de los documentos IEE en el Registro de Informes de Evaluación de los Edificios, adscrito a la Consejería de Fomento, y posteriormente incorporarlos a un registro unificado de todo el país.

Dos años después de la trasposición de la Directiva, España aún no ha incorporado a su legislación el concepto de edificio de consumo de energía casi nulo ni hay un plan nacional. Si nos atenemos a la definición que hace la directiva, el edificio de consumo casi nulo es aquel que, reuniendo la más alta eficiencia energética, genera in situ la energía que requiere con renovables.

Y no lo ha hecho, porque el decreto que regula el autoconsumo fue aprobado por el Gobierno hace diez días, lo que hace imposible el cumplimiento de la directiva de edificios. A este incumplimiento ha seguido el de la directiva 2012/27/UE de eficiencia energética, cuyo plazo de transposición venció en junio de 2014, que incluye aspectos como las auditorías energéticas a grandes empresas, sistemas urbanos eficientes de calefacción y refrigeración o contadores de balance neto que aún no se contemplan en nuestra legislación.

Son ejemplos de la escasa voluntad política por facilitar en España la eficiencia energética justo cuando la propuesta de la Unión Energética, aprobada por las instituciones europeas, sitúa a la eficiencia energética y al cumplimiento de las directivas como primer instrumento de la política energética y la rehabilitación de edificios como actividad preferente por los beneficios que representa en sostenibilidad, innovación y ahorro de energía.

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