viernes, 21 noviembre 2025
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Sin desahucio mientras no se recupere lo perdido en preferentes

Que te hayas quedado sin el dinero invertido en las preferentes y, además, te hayas visto en la calle y sin casa al ejecutar la entidad financiera el préstamo hipotecario por los impagos de las cuotas son dos situaciones que, lamentablemente, se han producido en los últimos años.

Para paliar en algo esta situación dramática, al Bloque Nacionalista Galego (BNG) acaba de plantear una proposición de ley, en el Congreso de los Diputados, para que los titulares de hipotecas sobre la primera vivienda, y además afectados por la estafa en la comercialización de las participaciones preferentes o deuda subordinada, no puedan perder su piso por impago mientras no se les devuelva el importe íntegro de su inversión o recuperen la capacidad de pago.

Así se recoge en una proposición de ley que modifica la Ley de Reestructuración y resolución de entidades de crédito, aprobada en noviembre de 2012 y en la cual se establecía el principio de participación en las cargas, que obliga a que los tenedores de productos híbridos como las preferentes asuman parte de las pérdidas de las entidades financieras, así como parte de los costes del rescate bancario aplicado por la Unión Europea.

Según los nacionalistas gallegos, este principio plantea importantes problemas, ya que que, tanto las propias entidades bancarias como la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), han reconocido que se dieron casos de mala praxis comercializadora al colocar estos productos a clientes sin la debida formación financiera o que demandaban otro tipo de producto. Así, aplicar el reparto de cargas también a estos pequeños ahorradores se generan importantes e injustos perjuicios, que la Administración debe evitar.

La modificación de la Ley de Reestructuración Bancaria evitaría que los ahorradores sufrieran pérdidas, y garantizaría, además, que puedan recuperar la totalidad de su inversión, sin discriminación temporal en el acceso al procedimiento y sin tener que acudir a la vía judicial.

Respecto a quienes tendrían derecho a recuperación las cantidades invertidas, el BNG ha pensado en  los clientes minoristas no profesionales, es decir, a los que no se les puede presumir experiencia, conocimientos y calificación necesarios para tomar sus propias decisiones de inversión y valorar correctamente sus riesgos.

En todo caso, debería incluirse en este grupo a las personas que no tuvieran contratado ningún producto de inversión significativo en relación con su posición de liquidez antes de adquirir las preferentes, a quienes acrediten que en el momento de la contratación "deseaban mantener la disponibilidad de sus ahorros", a aquéllos que por edad, situación personal o falta de formación deben ser considerados ahorradores, a quienes tengan perfiles similares a los casos aceptados por el arbitraje o las sentencias judiciales favorables, y a todos los que puedan demostrar que no recibieron una información adecuada.

Para identificar a estas personas las entidades financieras deberían contratar a un tercero independiente, de acreditado prestigio y formación, que analice todos los contratos vigentes, usando, si es necesario, la vía del arbitraje. Durante todo este tiempo, quedarían en suspenso las medidas de reparto de costes que están en vigor.

Estas previsiones deben ser de aplicación para los titulares de instrumentos híbridos de entidades financieras nacionalizadas por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), que tuvieron que acogerse al canje o a la conversión obligatoria de sus títulos en acciones, siempre que se determine su condición de ahorrador mediante un procedimiento de arbitraje o similar, y optando a la misma opción de recuperar su dinero sin pérdidas.
 

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