miércoles, 5 febrero 2025

El arbitraje permite que solo el 35% de los casos de conflicto lleguen al desahucio

 Madrid. La Asociación para el fomento del alquiler y acceso a la vivienda, Arrenta, ha señalado que la garantía que ofrece el arbitraje como medida preventiva permite reducir drásticamente el impago por parte de inquilinos. Así, según los datos de la asociación, solo el 0,5% de los alquileres garantizados mediante su servicio de arbitraje y de garantía del cobro de las rentas impagadas se ven afectados por un conflicto.

Los datos aportados por Arrenta contrastan con los que reconoce la Sociedad Pública del Alquiler, dependiente del Ministerio de Fomento, que alcanzan hasta el 8% de casos de impago en los alquileres que gestionan.

“Los datos demuestran una vez más que la seguridad que aportan el arbitraje y la garantía de cobro de rentas para los propietarios está sustentada en hechos objetivos, ya que apenas sí se dan casos de impagos en los alquileres que garantiza Arrenta”, ha explicado Carlos Ruiz, gerente de la Asociación para el fomento del alquiler y el acceso a la vivienda, quien ha destacado que además los casos de morosidad en viviendas gestionadas por la Sociedad Pública del Alquiler “los pagamos todos”.

Rapidez en la resolución de conflictos

En opinión de Arrenta, el arbitraje no solo funciona como medida preventiva a la hora de evitar posibles conflictos en el arrendamiento de pisos, con la consecuente seguridad para los propietarios y los inquilinos, sino que permite una mayor celeridad a la hora de solucionar esos problemas.  De hecho, el 25% de los casos de impago se solucionan sin ni siquiera llegar al procedimiento arbitral.

Además, del 75% restante, más de la mitad se solventan en un plazo máximo de un mes, por lo que de cada 100 casos de impago de alquileres asegurados por Arrenta, tan solo 35 precisan llegar al desahucio, dado que el resto se solucionan antes.

Garantía para un nuevo perfil de inquilino

“Hay dos cuestiones que pueden provocar el temor del propietario a la hora de alquilar su vivienda: por un lado que se produzcan impagos y por otro que, en caso de producirse, el problema se dilate en el tiempo y tarde en solucionarse. El arbitraje permite que ninguno de esos supuestos se produzca, ya que se reducen los casos de impagos y, en caso de haberlos, la resolución es más rápida que en otros procedimientos”, recuerda Carlos Ruiz.

El gerente de Arrenta añade que con motivo de la crisis se ha producido un cambio en el perfil del inquilino, que ahora tiene unos ingresos medios menores que hace unos años. “En la inmensa mayoría de los casos, si el pago de la renta supera el 30% o el 40% de los ingresos del inquilino no le aceptarán, sin embargo Arrenta puede llegar a asegurar un alquiler en el que el arrendatario llegue al 50% o el 55% de endeudamiento”, concluye Carlos Ruiz.

 

 

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