sábado, 13 septiembre 2025
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Proyecto de Registro Único de Demandantes de Suelo Empresarial de Galicia

Santiago de Compostela. Con el objetivo principal de constatar y acreditar la demanda real de suelo empresarial existente en Galicia y, como consecuencia de la misma, priorizar las actuaciones emprendidas por la Xunta de Galicia, el Instituto Gallego de Vivienda y Suelo (IGVS) creará un Registro Único de Demandantes de Suelo Empresarial de Promoción Pública de la Comunidad Autónoma de Galicia. El anteproyecto del decreto por el que se regulará dicho registro está publicado en la web de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras para su conocimiento y aportación de sugerencias, en función de lo dispuesto en la Ley de Transparencia y Buenas Prácticas en la Administración Pública Gallega.

Además, el IGVS inicia el trámite de audiencia con su remisión a más de veinte organismos públicos y asociaciones de alguna manera interesados en el desarrollo de suelo empresarial en Galicia.

En síntesis, el proyecto de decreto responde a la necesidad de dotar al IGVS y a las sociedades públicas dependientes del mismo de un instrumento idóneo que permita priorizar las actuaciones que se incluyan en el Plan Sectorial de Áreas Empresariales de Galicia, actualmente en tramitación, o las que se acuerden iniciar al amparo de los planeamientos municipales en aquellos ayuntamientos que carezcan de actuaciones o con superficie industrial insuficiente o inadecuada para las necesidades previstas.

Al mismo tiempo, el registro permite a los demandantes de suelo empresarial disponer de un canal por la que transmitir sus demandas, de modo que las actuaciones que se lleven a cabo en materia de promoción de suelo empresarial respondan a las necesidades manifestadas por los empresarios y permitan adecuarse a las mismas, ejecutando actuaciones donde verdaderamente sean necesarias y con las características que los demandantes precisen para sus empresas.

El registro incluirá exclusivamente las actuaciones promovidas por el Instituto Gallego de Vivienda y Suelo  y las empresas públicas Xestur y se abrirá cuando esté aprobado definitivamente el Plan Sectorial de Áreas Empresariales de Galicia. También se podrá abrir, por resolución del director general del IGVS, para las actuaciones que a la fecha de entrada en vigor de este decreto estén en tramitación o ejecución, una vez que el instrumento urbanístico o de ordenación del territorio sea aprobado definitivamente. Finalmente, para parques ajenos al Plan Sectorial se abrirá por resolución del director general del IGVS.

Podrán solicitar la inscripción como demandantes de suelo empresarial, las personas físicas o jurídicas que pretendan desarrollar una actividad empresarial y estén interesadas en acceder a una superficie de suelo empresarial de promoción pública.

En la solicitud se indicará la superficie que se demanda, la actividad, los puestos de trabajo que se prevé crear y el plazo previsto para el inicio de la actividad y junto con ella se abonará una cuota de inscripción, en función de la superficie solicitada, y tendrá un importe de 1 euros /m2 de superficie solicitada, con un mínimo de 1.000 euros, cuando la superficie sea hasta 15.000 m2. Para solicitudes de mayor superficie, el importe será de 1 euros /m2 para los primeros 15.000 m2 más 0,50 euros /m2 para la superficie que exceda de esta.

Se podrá solicitar la devolución de esta cuota si pasa más de un año entre la notificación de inscripción y el inicio de la actuación. La inscripción en el registro tendrá vigencia de un año y será renovable.

La solicitud de inscripción en el Registro de demandantes de suelo empresarial supone, entre otras, ventajas como la adjudicación directa de las parcelas, la bonificación del 5% en el precio definitivo de venta a los adjudicatarios procedentes del registro, la adaptación de la superficie y emplazamiento dentro del parque a las necesidades del demandante, la elección de parcela en función de la antigüedad de la inscripción, y las garantías de plazos de ejecución y entrega de las parcelas.

Los datos que acerque el registro de demandantes serán tenidos en cuenta por el IGVS para priorizar sus actuaciones, considerándose que existe demanda suficiente cuando esta consigue el 30 por ciento de la superficie de uso industrial o comercial prevista, teniendo que superar la demanda los 15.000 metros cuadrados.

El desarrollo de cada suelo empresarial con demanda acredita por el registro se iniciará por resolución del director general del IGVS. Durante el proceso de desarrollo del suelo empresarial, los demandantes deberán incrementar su cuota de inscripción y firmarán un compromiso de compra de la superficie solicitada. Todas las cantidades aportadas por los demandantes serán devueltas a los mismos cuando no se haya podido formalizar la escritura de compraventa dentro del plazo previsto por causa imputable al IGVS o sus entidades instrumentales, o cuando el precio definitivo resultase superior en más de un 20% al fijado con carácter mínimo estimativo.

 

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