Madrid. El viceconsejero de Vivienda y Suelo, Alejandro Halffter, ha presentado la Memoria del Consejo Arbitral para el Alquiler, un órgano totalmente pionero y único en España con el que la Comunidad de Madrid lidera la solución de conflictos de alquiler por la fórmula del arbitraje.
Desde su puesta en marcha en el año 2009, el Consejo, al que están adheridas siete instituciones arbitrales de reconocido prestigio y solvencia como el Colegio Oficial de Notarios, registradores, abogados o procuradores, ha dictado 163 laudos. De ellos, casi el 90% han tenido por objeto la resolución del contrato e impagos de rentas.
El Consejo Arbitral para el Alquiler, presidido por Manuel Jiménez de Parga, es el encargado de canalizar la solución de los conflictos surgidos en los contratos del Plan Alquila entre inquilinos y caseros, una iniciativa que minimiza riesgos y posibles conflictos que pueden surgir durante el alquiler.
En relación con la cuantía económica de los litigios, la renta media anual de los contratos que han sido objeto de resolución es inferior a 8.000 euros. Además, las demandas presentadas corresponden, casi en la misma proporción, a contratos de arrendamiento de viviendas de Madrid capital (47,6%) y a casas ubicadas en el resto de municipios (52,4%).
“Para el Ejecutivo autonómico es una prioridad dinamizar el mercado del alquiler, pero para ello es imprescindible que propietarios e inquilinos cuenten con las garantías apropiadas, y con la seguridad suficiente para firmar un contrato de arrendamiento”, señaló Halffter, “de ahí la creación del Consejo y la apuesta de la Comunidad de Madrid por el arbitraje”.
Gracias a la mediación de la Comunidad, la litigiosidad en el alquiler de los contratos del Plan Alquila se reduce al 0,4%, cuando en el resto del mercado de alquiler en general, la morosidad y demás conflictos se encuentra entre el 2,5% y el 3,5%.
Madrid es la región que más acude a este sistema, y hoy en la Comunidad uno de cada cuatro alquileres se somete al arbitraje. En este sentido, según los datos de la Memoria que presentó Halffter, se observa una tendencia creciente de solicitudes de arbitraje desde 2009.
Por lo que respecta a la asistencia de los demandados a la vista, se experimenta un incremento constante, por lo que “se hace evidente que ambas partes consideran de gran utilidad la celebración de la misma”, subrayó Halffter, que recordó además que el Consejo Arbitral no sólo tutela el laudo, sino que realiza un seguimiento de su cumplimiento, voluntario o judicial.
La Comunidad de Madrid ha ampliado recientemente esta fórmula de mediación a todos los contratos de alquiler de la región, y no sólo a los del Plan Alquila. Con esta nueva medida, el Gobierno autonómico no sólo continúa con su política de fomento del alquiler, sino que al mismo tiempo contribuye a descongestionar la justicia, pues gracias a la ampliación de su Consejo Arbitral para el Alquiler a todo tipo de contratos, se estima que se evitará que un 20% de los casos de litigiosidad acaben como hasta ahora en los tribunales y se resuelvan por la vía del arbitraje.
Hasta el momento estos arbitrajes eran de contratos del Plan Alquila, y contratos de otros programas públicos de alquiler de viviendas que se han incorporado posteriormente. Como novedad, el pasado marzo el Gobierno regional decidió ampliar su ámbito de actuación a todos los contratos de arrendamiento entre particulares que incluyan el sometimiento al arbitraje articulado por el Consejo, al margen de los programas públicos.
“La Comunidad de Madrid apuesta por esta fórmula de resolución de conflictos, prevista en el ordenamiento jurídico español, por tener la misma eficacia que la obtenida en la jurisdicción ordinaria de una forma extrajudicial y, en la mayoría de los casos, de manera amigable”, manifestó el viceconsejero. En este sentido, Halffter argumentó que el arbitraje se caracteriza por su máxima simplicidad, rapidez y eficacia.
Además, también se gana en tiempo y en dinero, pues frente a la espera de seis meses, que es el periodo habitual para dictar una sentencia judicial en esta materia, la duración del procedimiento arbitral, desde la presentación de la solicitud hasta su dictamen, no pasa de 40 días.
El arbitraje supone también un importante ahorro económico, que puede llegar a ser del 80% del coste del proceso, porque basta con el gasto de una mensualidad del alquiler y las partes no necesitan proveer fondos para un abogado o un procurador que los represente.
Por último, Halffter recordó que fruto del compromiso de la Comunidad con el arbitraje se ha creado el primer juzgado de España especializado en esta materia, lo que supone un hito para la justicia nacional. Este nuevo juzgado, el 101 de Primera Instancia, impulsado desde el Consejo Arbitral, supone una agilización en la ejecución de los laudos arbitrales y una mayor seguridad jurídica por la unificación de criterio judicial.