sábado, 20 diciembre 2025
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La agencia Moody´s critica que la devolución del piso salde la deuda

Madrid. La sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra, que consideraba suficiente que devolver el piso al banco sirve para saldar la hipoteca contraída, sigue trayendo cola. Ahora, ha sido la agencia de calificación Moody’s la que arremete contra la misma por considerarla “claramente contraria” a la Ley Hipotecaria española, y de cuyas consecuencias no ve que vayan mucho más allá, al considerar que no tendrá efectos negativos en el nivel de impagos y ve difícil que siente precedente.

La Audiencia resolvía un recurso del BBVA contra una sentencia de un juzgado de Estella, que consideró que no había lugar a continuar con un procedimiento de ejecución después de que la entidad financiera embargara la vivienda garantía de préstamo y se la adjudicara al quedar desierta la subasta que se convocó. El préstamo ascendía a 71.225 euros y el banco valoró el inmueble en el contrato de préstamo firmado en 75.900 euros, aunque en la subasta su valor fue de 42.895 euros.

Moody’s asegura que, si se produjeran más sentencias en este sentido, cosa que no considera probable, se vería obligada a revisar la calificación de los bonos respaldados por hipotecas, ya que en ese caso se dispararían los impagos. En este sentido, advierte de que la sentencia ha causado preocupación entre los inversores, principalmente extranjeros, que gestionan alrededor de 300.000 millones de euros en bonos respaldados por hipotecas.

Sin embargo, recuerda que la mayoría de los pleitos dan la razón a los bancos, que el marco legal español obliga a las partes a cumplir los acuerdos y que la decisión de un juez no sienta jurisprudencia, ya que son necesarias dos decisiones similares del Tribunal Supremo podrían sentar precedente.

La nota de la agencia de calificación recuerda que en España “devolver las llaves” no salda la deuda y, si bien la ley permite limitar la garantía al bien hipotecado, ninguna entidad financiera ofrece esta posibilidad. Además, aclara que la sentencia califica de “moralmente repulsivo” el hecho de que los bancos, cuyas exageradas tasaciones y malas prácticas bancarias causaron la crisis financiera puedan exigir a los deudores garantías adicionales al bien hipotecado.

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