La propuesta del president Salvador Illa de estudiar la prohibición de la compra “especulativa” de vivienda ha generado un profundo debate jurídico y económico. Para Arantxa Goenaga, abogada y socia de AF Legis, la medida carece de base legal y supondría una grave vulneración de los derechos de propiedad y libertad de empresa reconocidos por la Constitución. La jurista advierte que convertir el derecho a la vivienda en un instrumento de intervención absoluta “es una deriva peligrosa” que podría paralizar el mercado inmobiliario catalán.
Según Goenaga, prohibir la compraventa de vivienda carece de sustento jurídico, ya que la especulación inmobiliaria no está tipificada ni prohibida en el ordenamiento español. Cualquier restricción en este sentido requeriría una reforma legislativa autonómica compatible con la normativa estatal y europea. Además, señala la abogada, la falta de una definición precisa sobre qué operaciones serían consideradas “especulativas” generaría una gran inseguridad jurídica para compradores, promotores y entidades financieras.
La especialista propone que el foco del debate se sitúe en reforzar las políticas públicas de vivienda y en promover la vivienda asequible, en lugar de limitar derechos individuales. A su juicio, la solución pasa por aumentar el parque público, incentivar el alquiler a precios razonables y garantizar la seguridad jurídica del mercado.
Datos relevantes
Propuesta de prohibir la compra “especulativa” de vivienda
Riesgos de inconstitucionalidad y de inseguridad jurídica
Posible paralización del mercado inmobiliario catalán
La medida afectaría a zonas ya declaradas tensionadas
Preguntas frecuentes
¿Tiene fundamento legal limitar la compra de vivienda por motivos especulativos?
Los expertos coinciden en que el ordenamiento jurídico actual no contempla la especulación como conducta ilícita. Limitar una transacción en función de su finalidad económica sería contrario a los principios de libertad de empresa y propiedad privada.
¿Qué alternativas existen para garantizar el acceso a la vivienda?
Arantxa Goenaga aboga por impulsar políticas públicas, colaboración público-privada y desarrollo de vivienda social, evitando intervenciones que puedan distorsionar el mercado.
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Una reflexión que plantea los límites entre el derecho a la vivienda y la seguridad jurídica en el mercado inmobiliario.
Prohibir la compraventa de vivienda, una medida sin base jurídica que generaría inseguridad legal
La propuesta del president Salvador Illa de estudiar la prohibición de la compra “especulativa” de vivienda en Cataluña ha abierto un intenso debate jurídico. Para la abogada y socia de AF Legis Arantxa Goenaga, experta en derecho inmobiliario, la medida carece de base legal y supondría una grave vulneración de los derechos de propiedad y libertad de empresa reconocidos por la Constitución.
“Comprar un inmueble con intención de obtener un beneficio económico es una práctica legítima y totalmente amparada por la ley”, sostiene Goenaga. “Penalizar una operación por su finalidad económica sería una intervención arbitraria e ideológica del mercado.”
La jurista recuerda que la especulación inmobiliaria no está tipificada ni prohibida en el ordenamiento jurídico español y que cualquier limitación a la compraventa requeriría una reforma legislativa autonómica compatible con la normativa estatal y europea.
“Con casi el 95 % del territorio catalán declarado zona tensionada, una restricción de este tipo podría bloquear por completo el mercado inmobiliario”, advierte.
Goenaga cuestiona además la falta de definición de la propuesta: “¿Qué se considera compra especulativa? ¿La adquisición de una segunda vivienda, la compra para alquilar o la compra por parte de una sociedad? Sin una definición precisa, la medida sería una fuente de inseguridad jurídica.”
En su opinión, el foco debería estar en reforzar las políticas públicas de vivienda, no en limitar derechos individuales: “Garantizar el acceso a la vivienda corresponde a la Administración, no a los particulares. La solución pasa por aumentar la vivienda social, incentivar el alquiler asequible y proteger la propiedad frente a la ocupación ilegal.”
“Convertir el derecho a la vivienda en un instrumento de intervención absoluta no lo garantiza; solo erosiona el Estado de Derecho”, concluye.
