sábado, 27 diciembre 2025
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El Supremo acaba con el modelo urbanístico insostenible de Marina D’Or

Se esperaba con gran expectación desde hace semanas, la sentencia que iba a dictar el Tribunal Supremo en respuesta al recurso de casación presentado por Construcciones Castellón 2000 y la propia Generalitat Valenciana contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia que en, 2013, anulaba el Plan Parcial de Cabanes dónde iba a construirse el macroproyecto Marina d’Or Golf. Y el Alto Tribunal lo ha ratificado.

Aquella sentencia daba la razón a una agrupación vecinal que se oponía a la decisión dictada por la Comisión Territorial de Urbanismo que, en abril de 2010, aprobó definitivamente la homologación sectorial y el Plan Parcial Marina d’Or Golf de Cabanes.

La resolución impugnada señalaba que si bien el PAI contaba con la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) conforme a la legislación autonómica valenciana, «la DIA exigible después de la entrada en vigor de la Ley Estatal 9/2006 era la que esta ley determina», y, en función a que ésta no se elaboró, se estimó el recurso de los particulares.

Los motivos esgrimidos en los recursos de casación eran una supuesta desviación procesal en el planteamiento de la demanda y, por otro, una necesidad de proceder a la evaluación de la DIA acorde con la normativa estatal.

El Supremo entiende que no ha existido la pretendida desviación procesal, y que, en cualquier caso, fue debida a un cambio sobrevenido en la dirección letrada y, después, el objeto del recurso se hace correctamente.

El PAI Marina d’Or Golf iba a ser la mayor ciudad de ocio de Europa con más de 35.000 viviendas, campos de golf y hoteles. El proyecto, además, incluía una cesión de terrenos a la Generalitat para desarrollar el parque Mundo Ilusión, que se quedó en un sueño. No en vano, el polémico Aeropuerto de Castellón fue construido entonces para dar viabilidad a la operación.

La anulación del PAI supone todo un varapalo a un modelo urbanístico, ajeno completamente a los parámetros de sostenibilidad y racionalidad, y deja expedita la vía por la que ahora pretende transitar el nuevo Ejecutivo valenciano que, tras conocer la sentencia, se apresuraba a señalar que, ahora, se va a permitir que los dos planes generales de ordenación del territorio que se están tramitando, en Cabanes y en Oropesa, se acometan con criterios ambientales más rigurosos y ajustados a la realidad socioeconómica actual.

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