El Ayuntamiento de A Coruña, a través del área de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, ha anunciado que en el Pleno del próximo lunes, 21 de julio, se aprobarán definitivamente tres ordenanzas: para la prevención contra la contaminación acústica; para ejecución de obras, implantación de instalaciones, actividades o servicios; y para regular las condiciones de implantación de los usos vinculados con la hostelería, ocio y comercio.
Este nuevo marco normativo mejora la regulación vigente, moderniza la administración y se acerca al ciudadano para que sea más ágil y cómoda, pues en la actualidad las tres ordenanzas se integraban dentro de una genérica que ya no se ajustaban a las necesidades reales de la sociedad.
Estas tres ordenanzas elaboradas por el área de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras evidencian la predisposición del actual equipo de gobierno al diálogo y a la cooperación con el resto de grupos de la Corporación y con colectivos que han presentado sus propuestas para mejorar los nuevos reglamentos, que estuvieron a exposición pública durante 30 días.
El Ayuntamiento ha introducido mejoras en la ordenanza contra la contaminación acústica para reforzar la protección al tiempo que atiende a los criterios de transparencia, colaboración ciudadana, igualdad de trato y equidad. En este sentido, el concejal de Medio Ambiente, Enrique Salvador recordó la creación del Sistema de Información Ambiental Municipal en junio de 2013, una página web específica a la que se incorporará de manera paulatina -en función de las disponibilidades tecnológicas- información relativa a la contaminación acústica. "Será un instrumento informativo que permitirá responder a las preguntas más importantes que puedan surgir con relación a este nuevo marco regulador", señaló el edil.
La creación de este sistema de información se suma a otras iniciativas que ya estaban recogidas, como la publicación de los Mapas de Ruido y de los Planes de Acción para que la ordenanza sea lo más participativa posible.
Dentro del espíritu de contar con una ordenanza realista y que se ajuste mejor a la realidad del sector de la hostelería, el periodo de adaptación para aquellas actividades e instalaciones autorizadas con anterioridad a esta normativa será de 3 años; al tiempo que se conceden 72 horas -en lugar de las 24 previstas inicialmente- para la reparación o sustitución de equipos acústicos, lo que da mayor seguridad jurídica a la hora de cumplir la ordenanza.
Además, en el texto final se concede a los funcionarios que realicen las labores de inspección ambiental el carácter de agentes de la autoridad, lo que refuerza su papel y la toma de decisiones. Se considerará personal competente a los funcionarios municipales, la Policía Local u otros agentes de la autoridad que se encuentren habilitados para dicho cometido; y en todos los casos podrán contar con la colaboración de entidades de control autorizadas para la utilización de instrumentos complejos, como sonómetros o analizadores acústicos y de vibraciones.
La nueva ordenanza municipal para la prevención contra la contaminación acústica permitirá actualizar la anterior normativa, en vigor desde hace más de 16 años, y cumplir con el objetivo de buscar el equilibrio entre el derecho al descanso de los vecinos y el desarrollo de actividades socioeconómicas en la ciudad. Se trata de una ordenanza de vanguardia a nivel autonómico que prioriza la prevención de la contaminación acústica a través de medidas de aislamiento.
La nueva ordenanza municipal regula cualquier actividad que genere ruido en la ciudad, desde el ámbito de la hostelería y el comercio hasta el tráfico, la ejecución de obras o las relaciones de convivencia entre vecinos. De hecho, existen dos documentos claves: el estudio acústico que determinará los focos emisores y las medidas correctoras a tomar; y la certificación de cumplimiento que garantizará que se han tomado esas medidas.
La ordenanza clasifica las actividades en diferentes grupos para establecer de manera más detallada las medidas de insonorización que necesitará cada local de hostelería. Así, con respecto al texto vigente, se incluye un nuevo grupo I. B. que permite la música ambiente en bares y cafeterías, y elimina el grupo V (barras americanas) para incorporarlo al grupo IV (instalaciones especiales):
– GRUPO I. A. Restaurante, bar y café bar, cafetería y salón de banquetes. Actividades sin equipos de reproducción o amplificación sonora, a excepción de aparatos de televisión, con niveles sonoros de hasta 75 decibelios.
– GRUPO I. B. Restaurante, bar y café bar, cafetería y salón de banquetes. Actividades sin equipos de reproducción o amplificación sonora o audiovisual, salvo sistemas tipo hilo musical o aparatos de televisión, con niveles de hasta 75 decibelios.
– GRUPO II. Pub. Actividades con equipos de reproducción o amplificación sonora o audiovisual y niveles sonoros previsibles de hasta 80 decibelios.
– GRUPO III. Karaoke, tablao flamenco, salón de banquetes con actividad de baile posterior, y café teatro, café concierto y café cantante. Actividades con equipos de reproducción o amplificación sonora o audiovisual, con actuaciones en directo y niveles sonoros previsibles de hasta 90 decibelios.
– GRUPO IV. Salas de fiesta, discotecas y salas de baile. Actividades con equipo de reproducción o amplificación sonora o audiovisual, que disponga de pista de baile, y niveles sonoros previsibles de hasta 95 decibelios.
Además, para que los locales del grupo I. B. puedan disponer de música ambiente deberán acreditar la adopción de las medidas correctoras necesarias para evitar molestias al resto de vecinos de la zona. También se ofrecerán bonificaciones fiscales para la realización de trabajos de mejora y control de las condiciones acústicas de los establecimientos.
Dentro de este compromiso municipal por la prevención de la contaminación acústica, y a través del proyecto Smart City, el Ayuntamiento coruñés prevé crear un registro de modelos de sonógrafos-limitadores con su ficha técnica, así como los protocolos de transmisión telemática del limitador, pudiendo acceder los servicios técnicos municipales al limitador de forma remota y visualizar en tiempo real los niveles sonoros existentes en el local.
Ordenanza de usos
La segunda ordenanza que se llevará al pleno del próximo lunes para su aprobación definitiva es la relativa a las condiciones de implantación de los usos vinculados con la hostelería, ocio y comercio, un texto que refleja la realidad y permite actualizar la anterior normativa, en vigor desde hace 17 años y que no establecía las condiciones de las instalaciones y las medidas correctoras que deben observar los establecimientos destinados a las actividades del catálogo aprobado por la Xunta.
Esta ordenanza determina las condiciones precisas para establecimientos públicos que expidan bebidas y alimentos, por lo que también se incluyen, adem&a
acute;s de negocios de hostelería, locales como asociaciones culturales, centros de actividades culturales, sociedades gastronómicas, pastelerías, panaderías o jamonerías.
Entre las mejoras introducidas en el texto con respecto al que se aprobó de manera inicial en el pleno del 10 de marzo, destacan las que recogen dos propuestas planteadas por Grumico:
– Los establecimientos deberán contar como mínimo con una mesa accesible por cada 10 mesas y, en caso de que el número de mesas sea menos de 10, se recomienda al establecimiento que al menos disponga de una para personas con movilidad reducida.
– En edificios catalogados donde no se puedan autorizar obras, para mejorar su accesibilidad se dispondrá al menos de una rampa portátil en el acceso, de la que además se informará a los usuarios con un indicativo en el exterior del establecimiento.
La ordenanza también recoge otra serie de indicaciones para detallar y ofrecer una mayor claridad sobre los usos de establecimientos de hostelería:
– La evacuación de humos, gases y aire acondicionado se realizará a través de chimeneas estancas y canalizadas a la cubierta.
– La altura máxima será de 2,8 metros en las zonas de uso público, de 2,5 metros en cocinas y obradores, y de 2,2 metros en aseos.
– Las actividades del grupo I de hostelería dispondrán en el establecimiento de mesas y sillas en al menos un 50% del espacio.
Además, para regular el aforo, la ordenanza municipal establece que los establecimientos contarán con un aparato para el control del acceso de personal, con mecanismo de emisión de datos.
– La ordenanza también regula condiciones higiénico-sanitarias, como características de las cocinas y de los obradores, los servicios higiénicos y la iluminación.
– Se elimina la superficie mínima para un local de hostelería, que en la anterior ordenanza era de 60 metros cuadrados.
Ordenanza de ejecución de obras
La tercera ordenanza que se aprobará definitivamente en el pleno del 21 de julio es la que regula los procedimientos para la intervención y control en la ejecución de obras, implantación de instalaciones, actividades o servicios. Este texto, que se llevó a la sesión plenaria del 5 de mayo de manera inicial, se ajusta a la directiva europea de servicios y a la Ley de Emprendimiento de Galicia, lo que favorece a los emprendedores, pues la legislación autonómica suprime la licencia de apertura con carácter general, exceptuando aquellos casos en donde el aforo supere las 500 personas.
La ordenanza no solo establece el procedimiento para otorgar licencias (informes técnicos necesarios, plazos de inicio de obra y de ejecución, licencias de primera ocupación, caducidad y pérdida de licencias), sino que también fija los criterios necesarios para la protección de la legalidad urbanística y medioambiental. Entre los puntos más destacados de la nueva ordenanza se encuentran:
– La mayor parte de las actividades serán tramitadas a través de comunicaciones previas. Además, se modifica la labor diaria de los técnicos, considerando que se ejecutarán controles posteriores de todas las actividades, con los locales en pleno funcionamiento. En este punto, una de las principales novedades en el texto final es que se establece un plan anual de inspección para un mejor control de las actividades y de la legalidad de las actividades formalizadas ante el Ayuntamiento a través de una comunicación previa o de una declaración responsable.
– Los interesados estarán obligados a disponer de toda la documentación y la licencia en los locales. En caso de detectarse incumplimientos se producirá de inmediato el cese de la actividad como medida cautelar, hasta que se produzca la legalización de la actividad, con independencia de las sanciones que se determinen.
– Se amplía el plazo para realizar las transmisiones de titularidad (de los 6 meses de la ordenanza vigente a los 12) para facilitar su continuidad.
– En cuanto a las obras, no tendrán que ser comunicadas las que no tengan naturaleza urbanística, que no afecten a parámetro urbanístico alguno, ni a las instalaciones ni a las fachadas, ornato público y entorno urbano. Las obras vinculadas a la implantación de actividades, así como las de reformas interiores de carácter menor, acondicionamiento de fachadas en edificios no catalogados, y en general aquellas que no supongan edificación, precisen o no de proyecto técnico, se tramitarán con comunicación previa.
Antiguo Gobierno Militar
El Pleno aprobará el cambio de uso de la parcela del antiguo Gobierno Militar -cuya cesión gratuita se ha solicitado al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte- para que, además de para fines militares, se pueda dedicar al bienestar social o cultural. Este acuerdo es un paso más en el objetivo del Ayuntamiento de ubicar en este inmueble el centro cívico Ciudad Vieja-Salvador de Madariaga, saldando así una deuda histórica con los vecinos del barrio.
La instalación, de 3.800 metros cuadrados, de los cuales 700 se destinarán al centro cívico, se ubicará en el señero edificio que albergaba antiguamente el Gobierno Militar, cuya titularidad ostenta el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Este inmueble del siglo XVII posee un importante valor histórico, con portada barroca del XVIII. Su interior se modernizó a lo largo del siglo XX y conserva las señas de identidad del distrito.
El nuevo proyecto del Ayuntamiento plantea el traslado a este edificio del Instituto de Estudios Coruñeses José Cornide, y de su archivo con 40.000 piezas legadas pertenecientes a Salvador de Madariaga, el primer español que recibió el premio Carlomagno, el galardón que distingue desde 1950 a las personalidades o instituciones que más se destacan en el ámbito de la construcción europea. De este modo, la entidad mejoraría su operatividad al contar con más espacio del que dispone en la actualidad en su ubicación de la calle Durán Loriga. Además de la creación de un centro cívico, el Ayuntamiento contempla también un local para la Asociación de Vecinos de la Ciudad Vieja, así como otros usos culturales que se determinarán en el futuro.
El Gobierno municipal reserva 300.000 euros en el presupuesto de este año para convertir el edificio en el centro cívico Ciudad Vieja-Salvador de Madariaga, un inmueble que será un motor cívico-cultural del casco histórico y que estará a disposición de todos los ciudadanos y, en especial, de los vecinos del barrio.