miércoles, 18 junio 2025
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Inspección urbanística en casi 40 ayuntamientos gallegos en busca de usos no ajustados a la normativa

La Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística (APLU) intensificará la inspección urbanística a lo largo de este segundo trimestre en un total de 39 ayuntamientos gallegos. Se trata de visitas que se realizan con independencia de las inspecciones complementarias y necesarias para la tramitación y resolución de los expedientes ya en curso.

Para este segundo trimestre 2014, con posibilidad de prórroga, se inspeccionarán los siguientes ayuntamientos:

Provincia de A Coruña (6): Oroso, Carballo, Ferrol, Valdoviño, As Somozas y Vilarmaior.

Lugo (8): Ribeira de Piquín, Trabada, Foz, Ribadeo, Ribas de Sil, Ourol, Portomarín, Monterroso.

Ourense (17): Piñor, Entrimo,Vilamarín, Gomesende, Castrelo do Val, Chandrexa de Queixa, Vilariño de Conso, Pontedeva, San Xoan de Río, Quintela de Leirado, Montederramo, Lobeira, Allariz, Baños de Molgas, Os Blancos, A Bola y O Carballiño.

Pontevedra (8): Pontecesures, Barro, Salvaterra de Miño, O Grove,Vilanova de Arousa, Fornelo de Montes, Porriño y Meis.

Las inspecciones se realizarán por funcionarios de la escala de subinspección y en colaboración directa con la administración local correspondiente. Las actuaciones se centrarán en el campo competencial de la Agencia, es decir, en los usos prohibidos o sujetos a autorización autonómica o sin ajustarse sus condiciones en suelo rústico y actuaciones realizadas en la zona de servidumbre del dominio público marítimo terrestre realizadas sin título que las ampare.

Por otro lado, los responsables y los técnicos de la Agencia están trabajando en un sistema de identificación de parcelas e infracciones georeferenciadas, que contribuirá a una mayor eficacia en la inspección.

La APLU aprueba anualmente un Plan de inspección urbanística (PIU) que tiene por objeto determinar los objetivos principales y las actuaciones prioritarias de la Agencia, con la finalidad de mejorar la calidad y la eficacia de la disciplina urbanística al servicio de los ciudadanos y de garantizar la objetividad y la imparcialidad en la actuación de la Agencia.

El PIU se aprueba anualmente por el Consejo Ejecutivo de la Agencia con una vigencia anual, prorrogable de manera automática por idénticos períodos.

En este PIU, entre otras cuestiones, se regulan las operaciones de vigilancia e inspección prestando especial atención a los siguientes territorios:

a)el territorio de los municipios integrados en la Agencia

b) el territorio de los municipios costeros

c) el territorio de los municipios con espacios naturales

Para llevar a cabo estas actuaciones de inspección por la jefatura de servicio provincial correspondiente se elabora trimestralmente un cuadro resumen de ayuntamientos a inspeccionar de manera objetiva segundo el señalado en el artículo 5.2 del PIU (DOGA 21 de febrero de 2013, número 37).

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