domingo, 18 enero 2026
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Andalucía agiliza la tramitación de los planes urbanísticos e incentiva al sector inmobiliario

Sevilla. El Consejo de Gobierno ha aprobado el proyecto de Ley de modificación de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA). Los cambios introducidos, en el marco de la adecuación a la nueva legislación estatal de suelo, supondrán una agilización de trámites, un mayor reconocimiento de los derechos de los ciudadanos y un incentivo para el sector inmobiliario, especialmente en sus operaciones en la ciudad construida. Asimismo, se reforzarán los principios de participación pública, transparencia y publicidad en la elaboración del planeamiento urbano.

La consejera de Obras Públicas y Vivienda, Josefina Cruz Villalón, ha apuntado que el proyecto de Ley, que tras ser aprobado por el Consejo de Gobierno pasará al Parlamento para su tramitación por vía de urgencia, responde a la necesidad de realizar una adaptación a la normativa estatal y a los cambios producidos en los últimos años. Así, ha resaltado que permitirá mejorar las ciudades en aspectos como “la habitabilidad y movilidad”, así como avanzar en sostenibilidad. Se trata, ha resumido, de “un paquete de medidas para adaptar la normativa a la Ley del Suelo estatal, a la Ley del Derecho a la Vivienda y para la reactivación de la actividad urbanística con pequeñas actuaciones que se están dando en los centros históricos de las ciudades”.

Una de las principales medidas de agilización se refiere a la cesión de suelo para equipamientos y dotaciones que legalmente deben realizar los promotores a favor de los ayuntamientos. La nueva LOUA permitirá sustituir esta entrega por una cuantía económica equivalente a su valor, cuando el terreno no alcance unas dimensiones mínimas exigibles. En estos supuestos, el municipio deberá crear un depósito específico que se destinará exclusivamente, y en un plazo máximo de tres años, a obtener suelo de mayor entidad para dotaciones compensatorias de calidad. Se evitará así la fragmentación de las áreas dotacionales y su localización en espacios residuales.

El proyecto de Ley también establece fórmulas para atribuir a los ayuntamientos modificaciones urbanísticas que hasta ahora eran competencia de la Administración autonómica, entre ellas las vinculadas a la obtención de estos espacios procedentes de la compensación por pago. De igual modo, el municipio podrá fijar el número de viviendas de cada proyecto dentro de los tramos que establece el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).

En las actuaciones urbanísticas destinadas a aumentar el aprovechamiento de suelo o la edificabilidad en espacios ya construidos, la nueva LOUA permitirá a los municipios disminuir las cesiones obligatorias de terrenos desde el 10% hasta el 5% del incremento planteado. En los terrenos de uso residencial, y con el fin de dar respuesta a las necesidades actuales sin alterar el modelo de ciudad, se eleva el número máximo de viviendas permitido en un 20% respecto a la normativa ahora vigente.

En relación con el proceso de elaboración del planeamiento urbanístico, la Junta habilitará un órgano colegiado que actuará como ‘ventanilla única’ para facilitar a los ayuntamientos la tramitación de los informes sectoriales vinculantes que ahora emiten por separado las diferentes consejerías. Esta medida, que se concretará reglamentariamente, permitirá acortar los plazos de respuesta a los municipios y reforzará la colaboración técnica entre las administraciones autonómica y local en relación con las incidencias que pueden plantearse durante el proceso.

El proyecto de Ley introduce también medidas que permitirán acortar sensiblemente los plazos de tramitación y aprobación de los planes parciales y especiales (instrumentos de desarrollo de los PGOU). De este modo, y con la finalidad de ahorrar procedimientos, el informe preceptivo de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda se emitirá al principio del proceso, junto con el resto de informes sectoriales, y no al final.

Por otro lado, la norma reforzará los principios de participación pública, transparencia y publicidad, ya garantizados por la actual LOUA, en todos los trámites relativos al planeamiento urbano. Entre otras novedades, se exigirá a los ayuntamientos la elaboración de un resumen ejecutivo de síntesis para hacer más comprensibles los objetivos y directrices de los PGOU en su fase obligatoria de exposición pública. Las administraciones también deberán incluir en la documentación de estos planes un informe de sostenibilidad económica, con un análisis de los costes que para las haciendas públicas suponen tanto la ejecución como el mantenimiento de servicios y equipamientos.

Asimismo, se ampliará el derecho de consulta de los particulares, con nuevas medidas orientadas a que cualquier persona pueda preguntar a la Administración local o a la autonómica sobre las características urbanísticas de un terreno. Las administraciones estarán obligadas a dar respuesta a estas cuestiones en el plazo de tres meses.

El proyecto de Ley permite también que cualquier particular, y no sólo los propietarios de suelo, pueda llevar a cabo actuaciones de transformación como ‘agente urbanizador’, una figura ya regulada en la actual LOUA que debe responder ante la Administración y es seleccionada siguiendo los principios de publicidad y concurrencia. En este punto, se introduce una mayor clarificación del papel de cada uno de los agentes que intervienen en la actividad urbanística (propietarios, agentes urbanizadores y empresas constructoras y urbanizadoras).

Finalmente, en materia de vivienda protegida, las directrices de la nueva ley estatal no alteran lo ya dispuesto por la LOUA, ya que se mantiene la obligación de realizar una reserva del 30% de suelo residencial para VPO en cada planeamiento urbano. No obstante, el nuevo documento vincula estas reservas a los planes municipales y autonómicos de vivienda y suelo, ajustándolas por tanto a la demanda previsible en cada municipio.

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