sábado, 17 enero 2026
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6 aspectos a tener en cuenta para mejor la convivencia con animales domésticos en las comunidades de propietarios

Entra en vigor la Ley de Bienestar Animal

• El Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid) ha editado una práctica guía en la que se explica los aspectos más relevantes de la convivencia con animales domésticos en los edificios residenciales

La entrada en vigor de la Ley de Bienestar Animal ha motivado que el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid) edite una práctica guía en la que resume cómo debe ser la convivencia de los animales domésticos en las comunidades de propietarios.

¿Pueden permanecer los perros y gatos en las terrazas de las viviendas?

En la reglamentación estatal se prohíbe expresamente mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos.

¿Qué sanción puede tener un propietario de un perro si lo mantiene de forma permanente en la terraza?

Mantener de forma permanente perros o gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios… supone una infracción grave, con multa de 10.001 a 50.000 euros.

¿Qué puede ocurrir si un perro ensucia el portal del edificio?

La Ley establece que es obligatorio adoptar las medidas necesarias para evitar que su tenencia o circulación ocasione molestias, peligros, amenazas o daños a las personas, otros animales o a las cosas. Es por ello que los propietarios o personas que convivan con animales de compañía deberán evitar que estos depositen sus excrementos y orines en lugares de paso habitual de otras personas, como fachadas, puertas o entradas a establecimientos, procediendo en todo caso a la retirada o limpieza de aquellos con productos biodegradables.

¿Qué sanción supone el abandono del animal doméstico?

El abandono puede suponer una infracción grave con multa de 10.001 a 50.000 euros.

El CAFMadrid recuerda, asimismo, otros aspectos a considerar en la Comunidad de Madrid:

¿Cuántos animales domésticos puede haber en una vivienda?

La Comunidad de Madrid prohíbe mantener en el mismo domicilio un número superior a 5 animales pertenecientes a la especie canina, felina o cualquiera otra que se determine reglamentariamente, salvo que el Ayuntamiento correspondiente lo autorice.

¿Puede un perro subir en el ascensor del edificio?

Tanto la subida o bajada de animales de compañía en los ascensores, como su permanencia en espacios comunes de la finca, se hará siempre no coincidiendo con otras personas, si estas así lo exigieren, salvo en el caso de los perro-guía.

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