El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) saluda las mejoras que para los arrendatarios con discapacidad y mayores de 70 años ha introducido en la vigente normativa sobre arrendamientos urbanos la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La nueva Ley modifica el artículo 24 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, dedicado a las condiciones especiales más favorables que rigen para los arrendatarios con discapacidad, que se amplían ahora a los mayores de 70 años, que a todos los efectos quedan asimilados a los que presentan una discapacidad.
A tenor de la nueva redacción del artículo, tanto los arrendatarios con discapacidad como los mayores de 70 años podrán realizar en el interior de su vivienda aquellas obras o actuaciones necesarias para que pueda ser utilizada de forma adecuada y acorde a la discapacidad o a la edad superior a los 70 años, para lo cual tendrán que comunicarlo por escrito previamente al arrendador.
Esta facultad opera también cuando la discapacidad o la edad superior a 70 años se da en el caso del cónyuge o pareja de hecho de la persona arrendataria o de los familiares de ambos que habiten de forma permanente en la vivienda arrendada.
Estas mejoras fueran propuestas por el CERMI al Ministerio de Fomento y a los Grupos Parlamentarios durante la tramitación de la iniciativa legislativa, siendo incorporadas al texto finalmente aprobado por las Cortes Generales y publicado en el BOE.