lunes, 26 enero 2026
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El creciente celo inspector del Banco de España

Está claro que los actuales dirigentes del Banco de España, con Luis María Linde, no quieren que se les acuse de hacer la vista gorda, como ocurrió con algunos de sus antecesores, y por ello, andan pidiendo datos a diestro y siniestro a las entidades financieras. No quieren que se les escape ni una –mejor pasarse por exceso que por defecto, deben pensar–, y el celo en esta labor inspectora está suscitando no pocos recelos entre la mayoría de las entidades.

Dos nuevos modelos de circular van a a recibir los bancos para actualizar los datos relativos a la información que ofrecen, tanto de manera pública como reservada, así como los modelos de los estados financieros, según publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La modificación de la circular 4/2004 de 22 de diciembre, sobre normas de información financiera pública y reservada pretende adaptar el texto a los reglamentos comunitarios, eliminando posibles conflictos en la aplicación de conceptos de control cuando la entidad no dispone de la mayoría de los derechos de voto o no existen relaciones de agencia. También busca mejorar la transparencia y eliminar el método de la integración proporcional para los negocios conjuntos.

Se incluyen novedades en materia de información sobre transferencia de activos financieros y sobre compensación de saldos. Por ello, se han añadido nuevas exigencias de información para incorporar mejoras técnicas en varios estados reservados, incluida la sustitución del actual estado de clasificación del crédito por finalidades por un nuevo estado mensual de más amplio contenido.

A partir de ahora, la entidad ha de proporcionar información para todos los activos financieros transferidos que no se den de baja del balance y para toda la implicación continuada en un activo transferido que exista en la fecha de presentación, con independencia de cuándo se haya producido la transacción.

También especifica que una entidad tiene una implicación continuada en un activo financiero transferido si “en el marco de una transferencia, la entidad retiene alguno de los derechos u obligaciones contractuales inherentes al activo financiero transferido y obtiene algún nuevo derecho u obligación contractual en relación con dicho activo”.

La segunda circular modificada es una de principios de este mismo año, relativa a la Central de Información de Riesgos con la intención de requerir información a las entidades sobre la actividad de financiación a las pequeñas empresas y a las microempresas para evaluar su política en esta materia. Se buscan informaciones sobre las garantías reales recibidas por las entidades a efectos de facilitar su ponderación al estimar la necesidad de capital regulatorio.

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