viernes, 16 enero 2026
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El Estado se personará contra la Comunidad de Madrid por la venta de pisos públicos a fondos buitre

El Gobierno, a través del Ministerio de Fomento, ha solicitado personarse en el proceso penal que investiga la venta de viviendas públicas de la Comunidad de Madrid a un fondo de inversión en 2013.

Aquella venta, declarada nula por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 29 de Madrid, es investigada por el Juzgado de Instrucción número 48 de la capital a raíz de una denuncia de la Fiscalía, que considera que aquella operación presenta irregularidades que podrían constituir un delito de prevaricación y malversación.

En 2013, el Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA) enajenó 2.935 viviendas públicas del Plan Joven del IVIMA al Fondo de Inversión Azora Gestión, lo que en la práctica supuso que los inquilinos de estas viviendas de promoción pública, en régimen de alquiler, tuvieran que renunciar a ellas por el incremento considerable de precio que les impuso el nuevo propietario privado.

Tras analizar lo ocurrido, el Ministerio de Fomento considera que, todas o buena parte de esas viviendas, se construyeron al amparo de las ayudas y subvenciones previstas en los sucesivos planes estatales de viviendas aprobados por distintos gobiernos.

Dados los sistemas de financiación y control establecidos en dichos planes estatales, aquella venta pudo haber producido un perjuicio a la Administración General del Estado dada la alteración de los fines para los que se habrían concedidas las ayudas y subvenciones amparadas en dichos planes.

Por ello, el Ministerio de Fomento, a través de la Abogacía General del Estado, ha solicitado al instructor del proceso penal su personación como acusación particular en condición de perjudicado por los posibles delitos investigados en el sumario.

El Gobierno quiere, mediante esta iniciativa, velar por los intereses generales que pudieron verse perjudicados por la decisión de la Comunidad de Madrid, y lo ha hecho también en defensa del derecho de la ciudadanía a una vivienda digna, así como del interés superior de los menores que se vieron afectados y del principio de protección de la familia.

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