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Una demanda colectiva busca la devolución de lo cobrado de más por el IRPH

El éxito de otras demandas colectivas, como el caso de las preferentes, las acciones de Bankia o las sentencias favorables en cláusulas suelo o multidivisas, ha animado a afectados por el índice IRPH de las hipotecas a exigir en los tribunales su nulidad y la devolución de los intereses abonados de más. Lo harán a través de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufim).

Desde hace años, las entidades financieras promocionaron este índice hipotecario por su mayor estabilidad frente al Euribor, pero, a la hora de la verdad, esto no fue así, y, además, en esa promoción no se detallaba que el resultado de calcular los intereses en base al IRPH resultaba considerablemente más caro.

Es un índice que se configura, entre otras complejas variables, tomando como referencia el tipo de interés medio de los préstamos concedidos por las diferentes entidades financieras. Estas tienen, por tanto, la posibilidad de manipularlo y afectar a voluntad el cálculo de los intereses para todas las hipotecas referenciadas al IRPH-Entidades.

Por todas estas circunstancias, ya en noviembre de 2013, el Estado se vio obligado a derogar el antiguo IRPH-Cajas y reformular el método de cálculo del IRPH-Bancos, rebautizado con el nombre de IRPH-Entidades, obligado por una resolución de las autoridades europeas que consideraba abusivo este índice de referencia al resultar opaco en su composición y susceptible de manipulación por parte de las propias entidades. Ilegalidades flagrantes que, de un modo evidente el nuevo IRPH-Entidades no ha solucionado en absoluto.

No obstante, el IPRH-Entidades, a pesar de resultar contrario a los intereses de los usuarios de banca afectados y contraviniendo un principio esencial del Derecho como es la imposibilidad legal de introducir una modificación sustancial, se ha impuesto de forma unilateral y sin negociación previa a cientos de miles de hipotecas.

Desde hace tres años, la opacidad de este índice y la falta de diligencia de las propias entidades a la hora de informar de la posibilidad de tener que hacer frente a pagos más elevados de lo que hubiera correspondido suscribiendo una hipoteca referenciada al euribor son algunos de los argumentos que han llevado a diferentes tribunales de España a dictar sentencias considerando nulo el IRPH-Entidades.

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