domingo, 22 febrero 2026
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Competencia sanciona a 15 empresas de mudanza por pactar precios

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMV)) ha sancionado con 4 millones de euros a 15 empresas especializadas en los servicios de mudanzas internacionales. El motivo es una infracción del artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que entra dentro de la definición de cártel.

En concreto, la CNMC ha acreditado que durante más de 15 años, con variaciones dependiendo de las empresas integrantes del cártel, éstas articularon su conducta anticompetitiva a través del conocido como «acuerdo de las mudanzas«.

Se organizaron, principalmente, a través de reuniones en comidas y cenas que se celebraban de forma habitual todos los años. En dichos encuentros las empresas fijaron los precios y otras condiciones comerciales de forma concertada, se repartieron el mercado e intercambiaron información sensible.

El «acuerdo de las mudanzas», definía sus relaciones a la hora de la prestar los servicios de mudanzas internacionales para el personal de varios Ministerios. Fundamentalmente: Exteriores, Defensa (CNI, Policía Nacional, Guardia Civil), Educación (Instituto Cervantes), Economía (Comercio), Presidencia, Trabajo, Agricultura y Medio Ambiente, Industria, Turismo y la Agencia EFE, entre otros.

En cuanto a la fijación de los precios, las empresas participantes en el «acuerdo de las mudanzas», acordaron fijar el precio al que se debía realizar un traslado o mudanza, o el precio mínimo por encima del cual se debían presentar los llamados presupuestos de acompañamiento o de apoyo. El criterio económico es el único que sigue la Administración para aprobar el gasto entre las ofertas recibidas de las empresas de mudanzas para un traslado.

Con esta forma de actuar el cártel incrementó los precios de los servicios prestados a la Administración. Llegaron a aplicar un margen consensuado de hasta 12.000 euros de beneficio neto por operación en algunos casos, y, en general, porcentajes elevados de beneficio incluso de más de la mitad del precio presupuestado. Todos estos sobrecostes afectaron a los precios finales que pagó la Administración Pública por los citados servicios.

Otros de los aspectos que se acordaron entre las empresas fueron «otras condiciones comerciales ofertadas». Es decir, servicios complementarios que las empresas del cártel decidían ofertar de forma consensuada a los Ministerios. Por ejemplo, el número de meses gratuitos de guardamuebles, limpiezas o pintura de la casa de destino, transporte de mascotas, recogidas antes de la adjudicación, recogidas o entregas en España múltiples, o exceso de volumen en mudanzas.

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