jueves, 5 febrero 2026
Newsletter

El Supremo duda de la revisión del PGOU de Madrid

La revisión del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Madrid, aprobado por el Ayuntamiento de la capital el pasado mes de agosto, vuelve a ser objeto de análisis en los tribunales. Y lo hace al más alto nivel.

El Tribunal Supremo se ha pronunciado al respecto dejando en el aire nuevas dudas acerca de su aplicación. Ha aprovechado una sentencia que resolvía un recurso de casación para pronunciarse respecto a que en esa revisión no pueden incluirse actos dictados en ejecución de planeamiento nulo. De esta manera, no tumban la revisión en sí misma, pero sí lo hacen en la práctica.

“Es claro que tanto las determinaciones estructurantes como la ordenación pormenorizada incorporadas a esa revisión del planeamiento general sólo podrán tener validez y eficacia hacia el futuro, sin que quepa atribuirles ningún efecto subsanador o de convalidación de actuaciones y disposiciones anteriores que han sido declaradas nulas”, apunta el Supremo en el Fundamento de Derecho Tercero de la sentencia del pasado 11 de diciembre.

Lo que el Supremo vuelve a poner sobre la mesa es que existe el problema de que el Ayuntamiento de Madrid, con la revisión del PGOU, ha otorgado eficacia retroactiva a la totalidad de los proyectos de urbanización, reparcelación y licencias de edificación, actos administrativos otorgados para la ejecución de un planeamiento nulo.

Las consecuencias de lo dictado por el Supremo no se han hecho esperar. Una semana después, el pasado 20 de diciembre, el Juzgado de lo Contencioso 34 de Madrid declaraba la nulidad de pleno derecho de la segunda modificación del proyecto de urbanización de Valdebebas, por haber sido aprobado sin planeamiento de desarrollo y en contra de la eficacia de las sentencias del Supremo que anulaban el Plan General de 1997.

Y seguidamente, el 27 de diciembre, el Juzgado Contencioso 22 dictaba un auto acordando medida cautelar urgente, sin traslado a las demandadas ni caución para el demandante, por el que suspendía la licencia de primera ocupación de una promoción de 220 viviendas.

Se trata del proyecto promovido por la comunidad de bienes Valdebebas II, bajo gestión de Arjusa, en la avenida de Secundino Zuazo esquina a las calles de Félix Candela y Luis Moya Blanco.

El auto declara la prohibición implícita de ocupación y utilización del edificio y justifica la medida en la necesaria protección de terceros, a fin de evitar que puedan verse sometidos a la previsible demolición del inmueble en ejecución de sentencia.

No era la primera licencia de ocupación que se suspendía en Valdebebas, el mismo juzgado ya había tomado la misma medida sobre el bloque de 26 viviendas promovido por la cooperativa Habitaqua Valdebebas, con gestión de Gedeprin, en la calle de César Cort Botí.

- Advertisement -

Comparte las Noticias en tus Redes Sociales

Síguenos

- Publicidad -

CONTENIDOS DE PORTADA

CONTENIDOS RELACIONADOS

El precio de la vivienda alcanza nuevos máximos y mínimos en España

El mercado de la vivienda en España continúa registrando fuertes tensiones,...

La construcción de viviendas cae con fuerza en España

La construcción en España atraviesa un cambio de ciclo tras el...

Menos oferta y más presión en el alquiler residencial

El mercado del alquiler en España presenta un desequilibrio persistente entre...

La inseguridad jurídica amenaza la oferta de vivienda en alquiler

El mercado del alquiler en España afronta un momento de fuerte...

La industria del cerramiento acelera su transformación

La industria del cerramiento se encuentra en una fase de transformación...

Adquisición de centro comercial por 108 millones en La Rioja

Madrid se consolida como uno de los principales focos del mercado...

REMAX España renueva su imagen y estrena en 2026 la nueva identidad global

REMAX España iniciará en enero de 2026 la implantación de la...

Crecen los procesos de licitación en base a la tecnología colaborativa y sostenible BIM

En 2025 se registraron en España 470 licitaciones con metodología Building...