Desde la resolución del Tribunal Supremo, que entrará plenamente en vigor probablemente en junio con la publicación en el BOE de la nueva ley hipotecaria, los bancos deberán asumir todos los gastos que conlleva la constitución de una hipoteca excepto la tasación. Muchas entidades bancarias ya han asumido la nueva norma y algunas de las más importantes incluso han aprovechado para ofrecer como reclamo comercial incluso los gastos de tasación.
Esta oferta a priori parece una buena noticia para los clientes, pues les supone el ahorro inmediato de un coste que puede estar en torno a los 300€ en las viviendas de precio medio. Sin embargo, si tenemos otros aspectos en consideración, puede no resultar tan interesante para el cliente.
El primer conjunto de motivos tiene que ver con el bolsillo del cliente, y es que todos los servicios tienen un coste, y si el banco rebaja por un lado, probablemente lo estará recuperando por otro. En el caso de una hipoteca de 150.000€ a 25 años, con que la oferta del diferencial sea tan solo un 0,02% más alta o subiendo el TIN de las mensualidades del primer año un 0,3%, la entidad habría recuperado con creces su regalo.
Otro aspecto que deben tener muy en cuenta los consumidores a la hora de acogerse a una oferta de este tipo por parte de su banco serían los «asteriscos» o la «letra pequeña», pues hay entidades que solo se harán cargo de los gastos de la tasación «si se contrata la operación con la entidad», y si el cliente desiste de la operación, deberá asumir el coste de la tasación.
Pero sin duda la mayor ventaja económica que tendrá el comprador de un inmueble si solicita su propia tasación a una de las compañías homologadas por el Banco de España será la posibilidad de solicitar ofertas hipotecarias en varias entidades durante los seis meses de vigencia del informe de tasación. La oferta es tan variada que puede haber diferencias muy significativas, en nuestra hipoteca de ejemplo una reducción del 0,3% en el diferencial le reportaría al cliente más de 6.000€ de ahorro en intereses durante toda la vida del crédito.
Pero las razones más decisivas a la hora de decidir solicitar directamente el informe de tasación tienen que ver con la información que aporta este documento y que pocas veces es tomado en consideración, pues la tasación se considera un mero trámite, cuando es una garantía de valor real del bien que se desea adquirir.
Si un cliente se acoge a la tasación que solicitará el banco, el resultado que arrojará el informe sobre el valor del inmueble deberá ser el mismo que si lo hubiera encargado él mismo, pero la entidad no está obligada a transmitir al comprador otro tipo de información que, sin embargo, puede resultar muy relevante.
No es tan infrecuente que sobre un precio de compra/venta determinado, el informe de tasación refleje un valor mucho menor. No es un error, normalmente se debe a superficies sin registrar o construidas ilegalmente (un segundo piso en la azotea o la casa de invitados del chalet). Además el informe podría incluir observaciones sobre aspectos que afectan directamente al valor y que son difícilmente detectables por el posible comprador, como la falta de documentación, la falta de licencias o cargas urbanísticas o financieras sobre el inmueble.
Además un buen informe de tasación incluirá información objetiva determinante a la hora de determinar si el precio exigido es cercano al del valor del inmueble, como por ejemplo si existen más inmuebles de similares características en la zona por un precio más bajo, o, por el contrario, si en la zona hay una alta demanda de inmuebles de análogas características.
La mejor tasación, tal y como la entendemos, es la que ofrece al cliente un servicio rápido, asequible y fiable. Además la información relevante para tomar una decisión de compra que aporta, la convierte en una protección ante posibles irregularidades.