El Comité de Coordinación e Incorporaciones del Mercado Alternativo Bursátil (MAB) ha remitido al Consejo de Administración un informe de evaluación favorable sobre el cumplimiento de los requisitos de incorporación de la socimi Colón Viviendas, una vez estudiada toda la documentación presentada por la compañía. A partir de ahora, la trigésimo cuarta socimi que se incorpora a este mercado deberá recabar la aprobación previa del consejo de administración del MAB.
El código de negociación de la compañía será «YCOL» y su contratación se realizará a través del sistema de fijación de precios «fixing». Armabex Asesores Registrados es el Asesor Registrado de la compañía y BNP Paribas España actúa como Proveedor de Liquidez.
Tomando en consideración el informe de valoración del experto independiente CBRE Valuation Advisory, el Consejo de Administración de la sociedad ha fijado un valor de referencia para cada una de sus acciones de 2,13 euros, lo que supone un valor total de la compañía de 19 millones de euros.
Colón Viviendas es una sociedad patrimonialista dedicada a la inversión en activos residenciales en alquiler. Hasta la fecha ha adquirido la titularidad de 4 inmuebles de viviendas sometidas a régimen de protección oficial dedicadas al alquiler. El negocio consiste en la explotación de los mencionados derechos de superficie,mediante el alquiler de las viviendas y las plazas de aparcamiento.
Los derechos de superficie se constituyeron en 2002 por un periodo de 75 años, por lo que restan aproximadamente 60 años de derecho de superficie. La propiedad de las fincas registrales sobre las que están construidos los 4 edificios corresponde al Ayuntamiento de Barcelona, al que revertirán los mencionados derechos y lo que se haya construido en dichas fincas.
Los cuatro inmuebles se encuentran sometidos al régimen de uso, conservación y aprovechamiento, y al sancionador, que se establecen en el Real Decreto 1/2002, de 11 de enero, sobre medidas de financiación de actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo del Plan 2002-2005; y en la Ley 18/2007,de 28 de diciembre, del derecho a la Vivienda de Cataluña. Las viviendas están sujetas a la limitación de rentas durante un periodo de 25 años, con un límite de 5,2 euros por metro cuadrado útil de media.