Madrid. El Gobierno presidido por Mariano Rajoy ya no sabe cómo camuflar una vez más, sin que se note mucho, la prórroga para que las empresas, inmobiliarias en su mayoría, sigan sin cumplir con lo determinado en la Ley de Sociedades de Capital, evitando entrar en causa de disolución al no computar como pérdidas las contabilizadas en los apartados Inmovilizado Material, Inversiones Inmobiliarias y Existencias del balance.
Existían algunas dudas de que en esta ocasión volviera a hacerlo, pero no. Las presiones ejercidas desde las asociaciones de promotores, las propias empresas y los diversos grupos interesados han surtido el efecto deseado.
Lo curioso del caso es por donde ha colado la nueva prórroga el Gobierno, como antes lo hizo igualmente el Ejecutivo presidido por José Luis Rodríguez Zapatero. Como para que cualquiera que no sean los directamente interesados se entere fácilmente.
Lo ha hecho nada más y nada menos que en la Disposición final tercera del Real Decreto-ley relativo a la modificación de las tasas judiciales, aprobado en el Consejo de Ministros del pasado 22 de febrero y publicado en el BOE el sábado 23. Muy apropiado, como ven. El mejor sitio, sin duda, para que nadie se entere.
Las razones de este nuevo capote las detalla el Gobierno en la exposición de motivos del Real Decreto-ley al señalar que “se reforma también el Real Decreto-ley 10/2008, de 12 de diciembre, por el que se adoptan medidas financieras para la mejora de la liquidez de las pequeñas y medianas empresas, y otras medidas económicas complementarias, para evitar que las empresas incurran en causa legal de reducción de capital y, en su caso, de disolución a causa de las pérdidas”.
¿Por qué? Pues porque “en este momento, dado que el proceso de consolidación bancaria va a suponer una nueva caída significativa del valor de mercado de los bienes inmuebles, se hace necesario la aprobación de una nueva prórroga de esta medida, al menos, durante este año, que es el tiempo mínimo para negociar la reestructuración de los pasivos del sector, y ampliar su ámbito de aplicación para evitar que las empresas del sector inmobiliario entren en situación de concurso de acreedores”.
Añade que “prevé que esta será la última prórroga que haga falta ya que los ajustes en el activo de las entidades en los últimos años van a suponer un correlativo ajuste en el pasivo”, con lo que “será de aplicación excepcional en los ejercicios sociales que se cierren en el año 2013”. No lo duden, en enero de 2014 volverá a prorrogarse.