sábado, 3 mayo 2025
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La APEI estima que un 25 % de las agencias inmobiliarias catalanas operan de forma ilegal

Barcelona. La Asociación Profesional de Expertos Inmobiliarios (APEI) estima que un 25 % de las agencias inmobiliarias catalanas no está todavía inscrito en el Registro Oficial de Agentes Inmobiliarios de Cataluña (Registre d’Agents Immobiliaris), en vigor desde el mes de marzo de 2010. La inscripción en este Registro oficial es obligatoria en esta comunidad para poder ejercer como agente inmobiliario. Actualmente el Registro catalán cuenta con unos 4.040 profesionales inscritos, cifra que ha de corresponder al mismo número de oficinas autorizadas.

Según estima la APEI, en Cataluña hay entre 1.000 y 1.200 agentes inmobiliarios que todavía operan de forma totalmente ilegal e incumplen los requisitos que se exigen en esta Comunidad para poder ejercer como agente inmobiliario. Estar inscrito en el Registro oficial acredita que el profesional posee la capacitación profesional para ofrecer un servicio eficiente y de calidad al cliente, en base a la experiencia profesional y/o la formació académica pertinente. También garantiza aspectos como la solvencia económica del titular, el cual debe estar en posesión del seguro de Responsabilidad Civil, y que cuenta con un local profesional abierto al público,

La APEI ve  necesario que los ciudadanos tengan también un mayor conocimiento e información de la existencia de este Registro. “El ciudadano” afirma la Apei “ha de saber que cuando acude a un mediador inmobiliario puede y debe exigir el número de inscripción al Registro del Agente como garantía de su solvencia y competencia profesional”.  El Registro es de carácter obligatorio y tiene el objetivo de favorecer la transparencia en el sector de la vivienda y garantizar la protección de los usuarios en materia de vivienda.

Capacitación

La  APEI acaba de anunciar una nueva convocatoria del curso de Formación Inmobiliaria, válido para acceder al Registro de Agentes Inmobiliarios de Catalunya, impartido por el Centro de Estudios ADAMS, y que se iniciará el 2 de mayo. Gracias al convenio vigente entre ADAMS y la APEI, los profesionales de esta asociación pueden beneficiarse de unas condiciones especiales en el precio del curso de capacitación profesional que desde septiembre de 2010 es uno de los requisitos imprescindibles para inscribirse en el Registro Oficial de Agentes Inmobiliarios de Cataluña y ejercer la profesión de agente en esta comunidad.

El curso tendrá una duración de 250 horas de formación semi presencial (206 horas on line, 44 presenciales). Incluye materias como Derecho de la propiedad, inmobiliario, hipotecario, urbanístico y de vivienda, tributario, de consumo, valoraciones inmobiliarias, arrendamientos urbanos, promoción inmobiliaria, marketing y deontología.

Con superación satisfactoria de este curso de ADAMS se obtiene un diploma y un certificado de asistencia que acredita la capacidad profesional requerida para formar parte del “Registre d’Agents Immobiliaris de Catalunya”.

La Asociación Profesional de Expertos Inmobiliarios

La APEI agrupa a profesionales de la mediación inmobiliaria de todas las actividades como la compraventa de propiedades, la intermediación de alquileres, valoraciones, etc. Desde sus orígenes, la  APEI persigue velar por el rigor dentro de la profesión. Esta asociación fomenta también el reciclaje de sus afiliados para asegurar un servicio de calidad y tiene subscritos acuerdos de colaboración con organizaciones de consumidores de diversas comunidades autónomas, entre ellas Cataluña, La Rioja, Comunidad Valenciana, etc. 

Los requisitos necesarios en Cataluña para que los agentes inmobiliarios puedan inscribirse en el Registro y ejercer la profesión coinciden en buena parte con las condiciones que la Asociación Profesional de Expertos Inmobiliarios impone desde hace años a sus miembros para ingresar en la APEI. Entre los requisitos están por ejemplo contar establecimiento abierto al público y disponer de un seguro de responsabilidad civil que garantice los daños y perjuicios que puedan causar a los clientes durante el ejercicio, por un capital mínimo de 600.000 euros por año.

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