Madrid. De julio a septiembre, España está de vacaciones. Para el propietario de una vivienda en alquiler (playa o montaña) supone la entrada de ingresos y la preocupación de cómo quedará la vivienda después del período estival. Para el inquilino, cuadrar un presupuesto con la zona y la vivienda más acorde a sus gustos y necesidades. Esta elección supone algo más que ‘bucear’ en Internet y elegir la mejor foto. Se necesita tiempo. Limitar la búsqueda a los canales de última tecnología puede acarrear más de un disgusto. Algunas páginas web y muchas de las fotografías que en ella se anuncia distorsionan la realidad en un 50% de los casos. Para ambos, Arrenta insiste en proteger sus intereses con contratos de alquiler garantizado.
La diferencia entre hacer las cosas bien y hacerlas mal puede residir en firmar o no un contrato, al que Arrenta recomienda añadir un convenio de alquiler garantizado (o Arrenta Básico, uno de los servicios de la asociación). De esta manera, con un pago único de 88€ para toda la vigencia del contrato, se garantiza la solución a cualquier tipo de conflicto entre propietario e inquilino en 25 días de media gracias a la aplicación del arbitraje – Ley 60/2003 – con la misma eficacia que una sentencia judicial, y con la cobertura de todos los gastos de abogado y procurador (en el caso de impago de rentas). Se trata de la mejor vía para alquilar con total tranquilidad, ya que ante una situación de este incumplimiento, el propietario queda cubierto.
Asimismo, el inquilino también está protegido. Cabe la posibilidad de que nada más atravesar la puerta del hogar vacacional el inquilino se percate de que no cumple con lo prometido por el propietario. Este caso suele ocurrir en seis de cada diez ocasiones. Si el contrato se hizo directamente con el dueño, lo mejor es arreglar de forma amistosa los problemas con él. Si las gestiones no conducen a la resolución del problema detectado, y se adjuntó el convenio de Arrenta al contrato de alquiler, el inquilino podrá iniciar el procedimiento arbitral para que el conflicto se solucione en menos de un mes, mucho antes de lo que tardaría mediante justicia ordinaria.
Por todo lo anterior y según datos de Arrenta, el 90% de los que han protegido sus vacaciones con Arrenta se muestran tranquilos y amparados. En este sentido, la parte legal queda cubierta tanto para propietarios como inquilinos. Por lo que la parte de selección del inquilino queda a su criterio, sabiendo que Arrenta ha confirmado que la gran mayoría sólo se muestran completamente satisfechos aquellos que repiten en el mismo lugar y apartamento que el año o años anteriores.
Duración media y tipología de conflictos para el propietario y el inquilino
La Asociación para el Fomento del Alquiler y el Acceso a la Vivienda, Arrenta, confirma que la crisis también afectará al mercado del alquiler vacacional. En concreto, se estima que entre mediados de mayo y mediados de octubre el número de operaciones de arrendamiento residencial de corta duración (para vacaciones) se reducirá un 8%. De la cifra estimada el año pasado – 24 millones – se puede pasar a realizar tan sólo poco más de 22 millones de contratos.
La mayoría de los alquileres tienen lugar por semanas, lo cual supone un cambio con respecto a la tendencia del año pasado. La crisis ha hecho replantearse a muchas familias el tiempo destinado a vacaciones y, muchas de ellas han optado por reducir costes en esta partida. En concreto, este año se estima que un 40% de la población elija contratar una vivienda por semanas mientras que el año pasado este porcentaje era del 30%. Le siguen los contratos por quincenas (36%) y lejos de estas cifras los de un mes (14%) y otros períodos (10%).
Entre los problemas más habituales para los propietarios se sigue manteniendo el deterioro de la vivienda, con el 42% como puede ser la rotura de mobiliario, cristales y carpintería interior así como deterioro del ajuar doméstico y del menaje; aumenta la desaparición de mobiliario y enseres, con un 18%, fundamentalmente ajuar doméstico y menaje aunque también se pueden incluir sillas y mesas de tamaño pequeño; el mal uso de la misma, con el 12%, puede ser por exceso de ruido o alboroto continuado, especialmente por las noches; se incrementa notablemente el alojamiento de mayor número de personas que el acordado, con el 19%; se mantiene el porcentaje ante la negativa a abandonar la vivienda en la fecha establecida, con el 8% y cierra la estadística el punto de otros, con el 1% restante.
Respecto a los inquilinos, el principal conflicto sigue siendo, cuando no se ha realizado una visita previa a la vivienda, la falta de cumplimiento de las características pactadas en el contrato de alquiler. En concreto, el 40% de las problemática procede de este punto por aspectos como que la ubicación no es la anunciada, no está en primera línea de playa o sin infraestructuras para desplazamientos en casos de montaña o cuenta con menos superficie que la indicada. En segunda lugar, un mal equipamiento general (19%) como el mal funcionamiento del aire acondicionado o mobiliario viejo y en mal estado, le siguen los problemas de uso de la vivienda con un 18%, luego la falta de ajuar y menaje (16%) y cierra la lista el exceso de ruido con un 7%.
Qué hay que saber antes de alquilar en verano
Arrenta insiste en la necesidad de conocer todos los detalles de la vivienda y sus características antes de iniciar el viaje hacia el destino de vacaciones. Un período estival mal disfrutado o mal escogido puede ser muy perjudicial, no sólo a nivel económico también afectivo. Por ello es necesario tomarse su tiempo para realizar una buena elección.
Si es posible se debe acudir a un experto; en caso contrario, de acceder a la información a través de la web, leer las opiniones y los blogs vinculados a la página para tener más datos. Si es posible, visite el lugar antes de alquilarlo y, por supuesto, firmar un contrato y un convenio de alquiler garantizado de Arrenta.
Consejos para el propietario
1. Aclarar todas y cada una de las condiciones del alquiler (período, limpieza del inmueble, entrega de llaves, condiciones de convivencia, etc,)
2. Solicitar el pago de una señal si el inquilino está interesado. Ésta garantiza la reserva del piso y, evidentemente, será descontada de la suma a paga por la estancia.
3. La señal suele representar entre el 20% y el 30% del precio final acordado. Pago por anticipado.
4. Solicitar una fianza para cubrir pequeños desperfectos a devolver en caso de entregar la casa en el mismo estado.
5. Una vez recibida la señal, se debe enviar al inquilino un contrato por escrito.
En el contrato de alquiler, como documento adjunto al mismo, es recomendable incorporar el convenio de Alquiler Garantizado de Arrenta.
Consejos para el inquilino
1. Solicitar fotografías y plano de situación de la vivienda. Dentro de estos datos se tiene que especificar que la ubicación y superficie del piso han de ser exactos a lo estipulado en el contrato.
2. Al realizar la reserva, la forma más común de pagar será por transferencia bancaria y así el inquilino se asegura que el titular de la cuenta y el dueño de la casa son la misma persona.
3. Al firmar el contrato exigir un certificado del estado de la vivienda y un inventario. Asimismo electrodomésticos y mobiliario deben tener un estado e higiene adecuada.
En el contrato de alquiler, como documento adjunto al mismo, es recomendable incorporar el convenio de Alquiler Garantizado de Arrenta.
Zonas y porcentajes de contratación por precios
Por último, según Arrenta, el precio del alquiler de la vivienda vacacional para este verano oscila entre los 1.100 euros por semana de las zonas más caras – que se sitúan en Baleares (Mallorca, Menorca e Ibiza), norte de la península (Santander y Asturias), Cataluña (Barcelona y Girona) – y los más baratos, sobre los 650 € por semana, que están localizados en Levante (Valencia y Alicante), Galicia y Lanzarote.