martes, 28 marzo 2023
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Barreras administrativas y burocráticas en la regulación de instalaciones solares en edificios

MADRID.  La Asociación de la Industria Fotovoltaica (Asif) denunció hoy «barreras administrativas» y «burocráticas» en la elaboración de la nueva regulación sobre instalaciones solares en edificios, que impide que este tipo de instalaciones cuenten con un marco normativo diferente al del resto.

   En un comunicado, Asif explica que la Comisión Nacional de la Energía (CNE) ya ha elaborado un procedimiento administrativo que todavía no ha visto la luz porque el Ministerio de Industria no ha aprobado la norma final sobre estas instalaciones.

   La norma diseñada por el regulador energético tiene como objeto simplificar los permisos para instalar paneles fotovoltaicos en lo alto de edificios. Según el Real Decreto 1578/2008, la tramitación de una pequeña instalación de 5 kilovatios (kW) sobre un tejado sigue siendo idéntica a la de una gran planta en suelo de 10 megavatios (MW).

   Este real decreto establece dos segmentos diferenciados para el mercado fotovoltaico, que son el de instalaciones sobre suelo y el de instalaciones incorporadas a la edificación, que se dividen a su vez en plantas mayores y menores de 20 kW.

   Para propiciar un mayor desarrollo de las segundas, se les reservó un cupo mayor en los registros trimestrales de preasignación de potencia fotovoltaica. En 2009, el cupo se situó en 267 MW.

   Sin embargo, según Asif, hasta el momento no se han cubierto los cupos asignados para la fotovoltaica en la edificación en ninguna de las tres convocatorias de este año. Más aún, en la última convocatoria descendió el volumen de mercado asignado a las instalaciones más pequeñas.

   La patronal del sector reconoce que en esta circunstancia inciden otros factores, como la escasa experiencia en España de las aplicaciones fotovoltaicas en la edificación o la inseguridad y la actual dificultad para captar financiación que genera la crisis económica, pero asegura que «la principal traba para el despegue de este segmento del mercado solar es la complejidad de la tramitación administrativa».

PROPUESTA DE LA CNE.

   El propio Real Decreto 1578/2008 emplazaba a la CNE a que, antes del pasado 1 de abril, elaborara «un informe relativo a la evaluación del marco legislativo y reglamentario vigente respecto a los procedimientos administrativos necesarios para la implantación de las instalaciones de producción de energía fotovoltaica en edificación, así como las medidas necesarias para eliminar o reducir los obstáculos existentes».

   La CNE, afirma Asif, ya ha diseñado el procedimiento y lo ha remitido al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. La norma, indica, facilita la realización de las instalaciones conectadas a la red de baja tensión o a la red interior de un titular, e impulsa el crecimiento de este segmento del mercado solar.

   El modelo simplificado propuesto por la CNE deja en poco más de un mes el plazo necesario para realizar toda la tramitación administrativa previa a la concurrencia al Registro de Preasignación de Retribución, mientras que con el sistema actual se pueden superar los seis meses.

 

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