sábado, 25 marzo 2023
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El Supremo da la razón a Antonio Gala frente a ‘los Albertos’ por criticarles por el ‘caso Urbanor’

   MADRID.  El Tribunal Supremo ha dado la razón a Antonio Gala frente a Alberto Cortina y Alberto Alcocer por la demanda presentada contra él por afirmar en un artículo de opinión publicado en 2003, durante el proceso penal por la estafa de Urbanor, que los empresarios habían conseguido su capital «a fuerza de fraudes sentimentales, amistosos, políticos y económicos».

   La sentencia, dictada el pasado 6 de noviembre por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, concluye que Gala no faltó al derecho al honor de los empresarios, según establece el artículo 53.2 de la Constitución Española (CE), y que, en este caso, prevaleció su derecho a la libertad de expresión, que otorga el artículo 20.1 de la CE.

   El Supremo considera que prevalece «el derecho a la crítica del conjunto de sus actividades económicas», ya que «la carga de asumir la crítica severa, dura e inconveniente, se impone en una sociedad democrática a quienes se ven involucrados en actividades económicas de gran transcendencia que por ser objeto de investigación y de condena penal deben presumirse gravemente perjudiciales para los intereses de la sociedad y para el conjunto de los ciudadanos».

   ‘Los Albertos’ demandaron a Gala tras la publicación el 12 de octubre de 2003, de un artículo de opinión, dentro su habitual apartado ‘La Tronera’, en el que alababa la negativa del entonces Gobierno del Partido Popular a otorgarles el indulto por la condena a tres años y cuatro meses de cárcel impuesta por el Supremo en marzo del mismo año, por estafar a sus socios en la venta de los terrenos de Urbanor donde se sitúa las torres KIO, en Madrid.

   ‘Los Albertos’ demandaron al escritor al considerar que en el artículo se utilizaban expresiones «injuriosas que les infligían una ofensa personal e innecesaria». Gala también calificaba a los empresarios de «caballeros de industria o de milagro: éstos más de milagro que de industria» y afirmaba que «quienes van de tal manera contra la colectividad no merecen más que ser desarraigados a la vista del público».

     El Alto Tribunal rechaza así el recurso de casación presentado por empresarios contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid el 21 de abril de 2006, que ya rechazó otro recurso de ‘los Albertos’ contra el fallo del Juzgado de Primera Instancia número 47 de Madrid, que también dio la razón a Gala.

   La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo estuvo formada por los magistrados Juan Antonio Xiol Ríos, Román García Varela, Francisco Marín Castán, José Antonio Seijas Quintana y Encarnación Roca Trías.

 

 

 

 

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